Si llevas meses oyendo que Verifactu empezaba en 2026, olvídalo: el Gobierno aplazó la obligación en el último momento y media internet sigue contando la versión antigua. La respuesta corta, con las fechas buenas: las sociedades tendrán que cumplir Verifactu desde el 1 de enero de 2027 y los autónomos desde el 1 de julio de 2027. Tienes más margen del que pensabas — y este artículo te cuenta qué hacer con él.

Soy desarrollador y llevo años construyendo sistemas de facturación y gestión a medida para pymes y autónomos, así que esta normativa me toca de lleno: lo que sigue no es teoría copiada de una nota de prensa, sino lo que estamos aplicando ya en proyectos reales.

Qué es Verifactu explicado en dos minutos

Verifactu es el nombre popular del reglamento de los sistemas informáticos de facturación aprobado por el Real Decreto 1007/2023. Su objetivo: que el software con el que facturas no permita trampas. Nada de borrar una factura «que no existió» ni de reescribir importes a posteriori.

Para conseguirlo, exige que tu programa de facturación haga tres cosas:

  • Generar un registro de facturación inalterable por cada factura, encadenado con el anterior (como una cadena de bloques sencilla: si tocas uno, se nota).
  • Incluir un código QR en cada factura, con el que cualquiera —tu cliente o Hacienda— puede verificarla.
  • Permitir, si quieres, la remisión voluntaria de los registros a la AEAT en el momento de emitir. Esa modalidad de envío continuo es, en sentido estricto, «Verifactu»; quien no envíe, deberá conservar los registros firmados electrónicamente.

Ojo al matiz: la obligación recae sobre el software, no sobre un nuevo impuesto ni un nuevo modelo. Si usas un programa de facturación, ese programa tendrá que estar adaptado. Y si el sistema lo has desarrollado a medida, tendrá que adaptarse igual.

Las fechas oficiales tras el aplazamiento

En diciembre de 2025, el Real Decreto-ley 15/2025 aplazó la obligatoriedad que estaba prevista para 2026. Las fechas vigentes quedan así:

ColectivoFecha anteriorFecha nueva (vigente)
Sociedades (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades)1 de enero de 20261 de enero de 2027
Autónomos y resto de obligados (IRPF, entidades en atribución…)1 de julio de 20261 de julio de 2027

Si en una web ves todavía «enero de 2026» o «julio de 2026», estás leyendo contenido desactualizado. Es el estado de buena parte de los resultados de búsqueda ahora mismo, y la razón de que este artículo exista.

Qué NO ha cambiado con el aplazamiento

El Real Decreto-ley movió las fechas, no el contenido. Los requisitos técnicos siguen siendo exactamente los mismos:

  • Registros de facturación inalterables y encadenados, con huella digital y trazabilidad completa.
  • Código QR obligatorio en todas las facturas emitidas con software.
  • Modalidad Verifactu de envío voluntario y continuo de los registros a la sede de la AEAT.

Traducción práctica: si tu software ya estaba adaptado, no ha perdido el trabajo; y si no lo estaba, los deberes son los mismos con un año más de plazo. El aplazamiento es una prórroga, no un indulto.

¿Te afecta a ti?

Depende de cómo factures hoy:

  • Facturas con un programa o sistema informático (incluido un ERP propio o un Excel con macros que emite facturas): sí te afecta. Tu software tendrá que cumplir el reglamento en tu fecha.
  • Ya estás en el SII (suministro inmediato de información, habitual en empresas grandes): en general quedas fuera de Verifactu, porque ya informas a Hacienda de forma continua.
  • Facturas a mano, sin ningún software (talonario en papel): el reglamento no te obliga a comprarte un programa. Aunque, siendo realistas, cada vez será menos práctico.
  • Módulos, recargo de equivalencia y otros regímenes especiales: hay matices y casos particulares. Aquí toca prudencia: confírmalo con tu asesoría antes de dar nada por hecho.

Y un recordatorio que sorprende a más de uno: Verifactu no cambia tu cuota de autónomo ni tus impuestos. Si lo que te preocupa es cuánto pagas cada mes, eso va por otro lado — puedes verlo en un minuto con nuestra calculadora de cuota de autónomos por tramos o entender el sistema completo en la guía de tramos del RETA.

Qué hacer durante 2026 (sin agobios)

Tienes un año por delante. Úsalo así, por orden:

  1. Pregunta a tu proveedor de software si su programa estará adaptado y cuándo. Pide la respuesta por escrito.
  2. Si facturas con plantillas (Word, Excel suelto), decide ya si pasarás a un software adaptado o seguirás sin sistema informático. No esperes a junio de 2027.
  3. Si tienes un sistema a medida, encarga la adaptación con calma: registros encadenados, QR y, si interesa, el envío a la AEAT. Hecho sin prisas cuesta menos.
  4. Revisa tus plantillas de factura: el QR necesitará su espacio, y es buen momento para corregir detalles — por ejemplo, escribir bien los importes en texto con un conversor de números a letras si tus clientes o la Administración te lo piden.
  5. No compres con miedo. Habrá una avalancha de marketing «¡adáptate ya o multa!». Las fechas son las que son; decide con calendario, no con pánico.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio enviar las facturas a Hacienda en tiempo real?

No. El envío continuo de registros a la AEAT (la modalidad «Verifactu» propiamente dicha) es voluntario. La alternativa es conservar los registros de facturación firmados electrónicamente en tu sistema, a disposición de Hacienda si los pide.

¿Puedo seguir facturando con Excel?

Depende del Excel. Una hoja donde rellenas una plantilla y la imprimes, sin automatismos, se parece a facturar «a mano». Si tu Excel emite facturas de forma automatizada (macros, numeración automática), funciona como un software de facturación y debería cumplir el reglamento. Es una zona gris: consúltalo con tu asesoría para tu caso concreto.

¿Qué pasa si me doy de alta como autónomo después de la fecha?

Te aplica la obligación desde el primer día de actividad: si te das de alta después del 1 de julio de 2027 y facturas con software, ese software ya debe ser conforme. Al elegir programa de facturación, marca «compatible Verifactu» como requisito.

¿Pueden volver a cambiar las fechas?

Pueden: ya lo han hecho una vez, y la normativa depende del calendario político. Pero no cuentes con ello. Los requisitos técnicos llevan estables desde 2023; lo único que se ha movido es la fecha de exigencia. Trabaja con las fechas vigentes y revisa las novedades un par de veces al año.

¿Qué es el código QR de las facturas?

Un código impreso en cada factura que contiene sus datos esenciales de verificación. Permite comprobar ante la AEAT que esa factura existe y no se ha alterado. Lo genera tu software automáticamente; tú solo necesitas que tu plantilla le reserve el hueco.

¿Afecta a quien tributa por módulos?

El régimen de módulos (estimación objetiva) tiene particularidades, y parte de quienes están en módulos facturan poco o nada con software. No hay una respuesta única válida para todos: si es tu caso, confírmalo con tu asesoría antes de invertir en nada.

En BacaSoftware desarrollamos software de facturación y gestión a medida, y lo adaptamos a Verifactu. Si tu negocio usa un sistema propio que tiene que cumplir la normativa —registros encadenados, QR, envío a la AEAT—, hablemos.